Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia

Cultura

11 dic, 2018

El Tribunal de las Aguas es la institución de justicia civil más antigua de Europa. Es un auténtico tribunal de justicia reconocido en la ley orgánica de poder judicial cuyas sentencias no son apelables ante ningún tribunal ordinario. El procedimiento que sigue se adecúa a los actuales principios básicos de justicia y así lo ha validado Tribunal Constitucional de España. Es un modelo de justicia, reconocido por todas las ideologías, culturas y pueblos que configuran la rica personalidad valenciana, ha resistido el paso de los tiempos; ni la Valencia foral, ni el centralismo de nuevo cuño borbónico, ni las Cortes de Cádiz de 1812, restaron jurisdicción a este tribunal que la Constitución española de 1978 reconoce.

El motivo fundamental por el que el Tribunal se ha mantenido hasta nuestros días es porque los agricultores han sido celosos guardadores de sus costumbres y no han permitido la intromisión de ninguna autoridad dentro de sus asuntos.

Este tribunal, está compuesto únicamente por los síndicos de las acequias que lo forman y auxiliados por el Alguacil y los guardas de cada una de las acequias. Todas las decisiones que se toman durante el proceso son vinculantes, al igual que las sentencias.

Además, es una organización de distribución de aguas que coordina su uso desde hace siglos, promoviendo su racionalización para que el agua que sobra de unas comunidades sea utilizable por otras. En definitiva, es una forma de organización social de autogestión que no depende de ningún poder político o militar, lo que hoy es un vivo ejemplo de convivencia ciudadana.

Todos los jueves del año, a las doce del mediodía, en el momento en el comienzan a sonar las campanas del Micalet sale la procesión de Síndicos, ataviados con su blusa de labrador, desde la casa Vestuario a la porta de la Seu.

Abierta la sesión por el presidente del Tribunal, el Alguacil, que ya ha dejado el “gancho” junto a la puerta del “corralet”, comienza la llamada de los denunciados para que comparezcan ante el Tribunal, y lo hace por orden de las tomas, desde la primera acequia que toma sus aguas del río hasta la última. Si hay denunciados éstos son acompañados por el guarda de la acequia correspondiente ante los Síndicos, quienes interrogan al denunciante y al denunciado y, en su caso, tras oír al guarda y testigos, dictan sentencia, habiéndose cumplido con el principio de la contradicción, con condena a penas, costas, daños y perjuicios conforme a las ordenanzas de la acequia o de absolución.

Pero, ¿y si no hay denunciados? ¿Por qué salen a preguntar? En primer lugar, podríamos decir que la justicia del Tribunal de las Aguas es rápida y oral, no necesita papeles, ni el agricultor necesita dirigirse a una oficina a para registrar su queja. Al agricultor perjudicado le basta con denunciar a quien le ha causado daño ante el guarda, quien procede sin más a denunciarlo para el jueves siguiente ante el Tribunal de las Aguas. Es decir, la inmediatez forma parte de la idiosincrasia del Tribunal de las Aguas, que sólo se puede conseguir por su disposición a servir a la justicia de forma periódica, y que esta periodicidad sea breve en el tiempo.

Nos situamos hace cien años cuando no había ni teléfonos, ni coches y los síndicos se desplazaban desde varios kilómetros a la redonda de la ciudad de Valencia a la plaza de la Virgen, a la puerta de la Catedral, porque así lo ordenan sus ordenanzas y porque no sabían si debían “ver y examinar si alguno ha incurrido en pena”. El Tribunal tiene que constituirse pues los Síndicos no saben si hay denunciados y tienen que estar a disposición de los labradores para resolver con celeridad sobre el agua.

También podemos comprender la necesidad de la reunión semanal si añadimos al Tribunal de las Aguas su faceta de órgano distribuidor de las aguas, es decir, los Síndicos deben estar atentos a que haya agua suficiente para sus regantes y desde hace siglos los síndicos del Tribunal de las Aguas no sólo se distribuyen el agua entre ellos de la manera más eficiente, sino que también se unen para reclamar a los que usan las aguas del Turia “aguas arriba” para lo que históricamente han acudido a los jurados de la ciudad de Valencia, pues cuanto falta agua en la vega, también falta agua en la ciudad.

Son varias las causas de que no hay denuncias actualmente, la primera de ellas sería el aumento de la concienciación de los agricultores cuidadosos con las normas estatuidas y siempre celosos guardadores del agua. La segunda es la publicidad, requisito básico de la justicia, ya que no se puede entender la justicia si ésta no fuera pública, pero a su vez tiene un efecto disuasorio por el pudor o vergüenza de sentirse señalado por los demás, con lo cual muchos denunciados prefieren llegar al acuerdo que les libere de la necesidad de comparecer en público. Y la tercera sería la mediación entre las partes, que siempre se produce a instancia del Síndico de la Acequia (Comunidad de Regantes) pues un reconocimiento de los errores conduce a un arreglo definitivo de los conflictos, frente a una sanción que puede dejar resentimientos.

El Tribunal está reconocido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y con ello en nuestra Constitución. También ha sido reconocido en nuestro Estatuto de Autonomía y por nuestro Tribunal Constitucional. Históricamente han sido muchos sus reconocimientos como por ejemplo la aprobación de ordenanzas de las acequias en la época de Felipe V rey que abolió los fueros. Pero el que quizá más llama la atención sobre todos fue el privilegio operado por Don Jaime II rey de Aragón y Valencia, quien por dos escritos de 1.318 y 1.321 somete sus propios derechos e intereses a la jurisdicción del Tribunal de las Aguas de Valencia “que los traten y los solucionen los acequieros de dichas acequias”.

Gracias a que cada jueves los Síndicos de la Acequias -elegidos democráticamente en las mismas- salen a las doce del medio día a la puerta de la “Seo” de la Catedral de Valencia en la Plaza de la Virgen, seguimos teniendo el Tribunal de las Aguas tal y como se ha mantenido durante siglos, como una expresión de nuestra propia idiosincrasia y cultura, que es reconocida por su integridad por todos los demás, y no por la fuerza o “potestas”.

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